MISIÓN CUMPLIDA
Se ha logrado el objetivo, ya no es necesario más medicinas, Jorge ya ha llenado una maleta grande con medicamentos.
Nos ha prometido enviarnos fotos de cuando las entregue en Cuba.
Un millón de gracias de parte de Jorge.
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A finales del próximo mes de septiembre, nuestro compañero Jorge, EA4HXI/CM2JEC viajará a Cuba.
Como bien es sabido por todos nosotros, el pueblo de Cuba sufre de muchas carencias, entre ellas las medicinas.
Desde EA4URA queremos colaborar con Jorge, su familia y vecinos en su pueblo natal, con medicamentos que tengamos en casa sin uso o que podamos comprar en la farmacia.
Los medicamentos deben estar en sus envases originales.
Excepto los medicamentos que tienen prohibido la entrada en Cuba (ver lista al final de este artículo) todos son válidos, incluso si tienen pocos días de caducados.
Ayudemos a Jorge y al pueblo de Cuba llevando medicamentos a la Sección.
En nombre de Jorge, muchas gracias.
Se prohíbe la importación a Cuba de los siguientes medicamentos y sustancias:
Drogas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas, precursores o similares. Sustancias psicotrópicas de la lista I del Convenio de 1971 sobre sustancias psicotrópicas, por carecer de propiedades terapéuticas y estar prohibidas a nivel internacional. Estupefacientes de la lista IV de la Convención de 1961, incluso si su uso es permitido en su país de origen o destino.
- Ketamina.
- Trihexifenidilo.
- Propofol.
- Camilofina.
- Lidocaína, Mepivacaína en bulbos, ámpulas o carpules.
- Tetracaína, Procaína en bulbos o ámpulas.
- Clorpromazina en ámpulas.
- Atropina en ámpulas.
- Papaverina en ámpulas.
- El principio activo de la planta “Yague” (Banistería Laurifolia).
- El principio activo de la planta “Campana” (Género Datura).
- Productos farmacéuticos con sustancias controladas reenvasados en farmacias o droguerías, incluyendo preparados magistrales, sustancias activas puras, materias primas farmacéuticas, precursores y sustancias químicas básicas.
- Hemoderivados, vacunas humanas, antisueros, cepas de microorganismos, medios de cultivo, productos de ingeniería genética, organismos modificados genéticamente y otros productos biológicos.
- Equipos, dispositivos y materiales médicos, odontológicos, para diagnóstico de laboratorio y por imagenología que requieran intervención médica.
- Radioisótopos para uso diagnóstico en vivo, radiofármacos y productos radioactivos utilizados para diagnóstico o fines terapéuticos.
- Insumos definidos como material gastable para la salud humana.
- Cualquier otro producto médico que pueda constituir un riesgo para la salud humana.
- Equipos, dispositivos y materiales médicos en cantidades que indiquen una actividad comercial.